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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado contra la Municipalidad de La Cruz. La controversia se refería a los resultados de la última aplicación del protocolo de vigilancia de riesgos psicosociales y a las intervenciones primarias y secundarias vigentes que la organización realiza a partir de dicha evaluación. El Consejo consideró que se trataba de información de carácter público, que el órgano no acreditó su entrega y que no alegó causales de reserva ni circunstancias que justificaran impedir su publicidad. Por ello, tuvo por entregada de forma extemporánea la parte referida a los resultados, y ordenó la entrega de las intervenciones vigentes. La resolución fijó plazos para cumplir, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia, y exigió acreditar la entrega efectiva.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 31
  • Oficio Ord. N° 30
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un órgano público puede negarse a entregar los resultados de una evaluación de riesgos psicosociales de sus funcionarios?

En este caso, el Consejo para la Transparencia consideró que los resultados de la evaluación de riesgos psicosociales eran información pública, porque el órgano no alegó causales de reserva ni justificó impedir su publicidad. Por eso tuvo por entregada de forma extemporánea esa parte.

¿Qué pasa si un órgano de la Administración no responde a una solicitud de acceso a la información dentro de plazo?

En este caso, el Consejo acogió el amparo porque el órgano no acreditó la entrega de la información solicitada dentro de plazo. Ordenó la entrega de las intervenciones vigentes y fijó plazos para cumplir, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

¿Cuándo procede un amparo a la transparencia por la entrega de programas de intervención en salud mental laboral?

En este caso, el Consejo acogió un amparo contra una municipalidad por las intervenciones primarias y secundarias vigentes que se derivan de una evaluación de riesgos psicosociales. Consideró que eran de carácter público y ordenó su entrega, exigiendo además acreditar la entrega efectiva.

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