Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una ciudadana en contra del Servicio de Impuestos Internos, que requería información sobre cartografía de viviendas con detalle catastral y rol de cobro en 18 comunas, en el formato que obrara en poder del servicio. El órgano respondió que la información se encuentra permanentemente a disposición del público en el único formato disponible, indicando fuente, lugar y forma de acceso, conforme al artículo 15 de la Ley de Transparencia, sin que existieran antecedentes que desvirtuaran esa respuesta. Respecto de los datos aportados por CIREN, el Consejo consideró que no procede su divulgación gratuita por tratarse de información de propiedad de ese organismo, sobre la cual tiene derechos preferentes. Por ello, la decisión no se pronunció sobre la causal de distracción indebida invocada por el órgano, por resultar inoficiosa.