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La Superintendencia de Seguridad Social resolvió un reclamo de una trabajadora contra e…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2014

Resumen

La Superintendencia de Seguridad Social resolvió un reclamo de una trabajadora contra el rechazo del pago de subsidios por incapacidad laboral, regulados por la Ley 16.744, respecto de varias licencias médicas otorgadas entre 2010 y 2014. La trabajadora había sido calificada con enfermedad profesional (asma bronquial) y, por ello, percibía pensión por invalidez parcial de un 40%. La Mutual sostuvo que los diagnósticos de las licencias reclamadas formaban parte del cuadro secuelar ya evaluado, por lo que se entregaron prestaciones médicas sin prestaciones económicas. Los profesionales médicos del Servicio concluyeron que no había evidencias de una enfermedad nueva. Por ello, el organismo estimó que el subsidio solo procede mientras las secuelas están en tratamiento y no después de la evaluación de incapacidad permanente. En consecuencia, declaró que no procedía acoger el reclamo y que el rechazo de las licencias otorgadas a partir del 19 de abril de 2010 se ajustó a derecho.

Normas citadas

  • Ley N° 16.744.
Resolución rechazo causales de orden médico diagnóstico irrecuperable

Preguntas frecuentes

¿Procede el pago de subsidios por incapacidad laboral a un trabajador que ya tiene pensión por invalidez parcial por enfermedad profesional según la Ley 16.744?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social estimó que el subsidio solo procede mientras las secuelas están en tratamiento y no después de la evaluación de incapacidad permanente. Por eso rechazó el reclamo y confirmó que el rechazo de las licencias posteriores se ajustó a derecho.

¿Se deben pagar subsidios por licencias médicas si los diagnósticos ya forman parte del cuadro secuelar de una enfermedad profesional calificada?

En este caso, la Mutual sostuvo que los diagnósticos reclamados formaban parte del cuadro secuelar ya evaluado, y el organismo concluyó que no había evidencia de una enfermedad nueva. Así, se entregaron prestaciones médicas sin prestaciones económicas.

¿Puede una trabajadora con enfermedad profesional reclamar subsidios por licencias otorgadas tras la calificación de invalidez parcial?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social resolvió que no procedía acoger el reclamo de la trabajadora contra el rechazo del pago de subsidios por licencias otorgadas con posterioridad a la evaluación de su incapacidad. Declaró que dicho rechazo se ajustó a derecho.

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