Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que resuelve un reclamo por el no pago del subsidio por incapacidad laboral derivado de un accidente del trabajo. Señala que, conforme al artículo 4° de la Ley N° 19.345, el funcionario público mantiene sus remuneraciones durante la incapacidad temporal, pero al cesar en funciones desaparece el derecho a subsidio. En consecuencia, rechaza el reclamo.