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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpuesto por un ciudadano contra la Municipalidad de Hualqui, que había solicitado un listado de bienes inmuebles municipales no afectos al funcionamiento municipal. El órgano reclamado explicó que la información no obraba en su poder, pues no contaba con bienes inmuebles que no se encontraran siendo utilizados por el municipio. Sin antecedentes que permitieran concluir lo contrario, el Consejo resolvió rechazar el amparo, por cuanto no procede exigir la entrega de antecedentes que no están en poder del organismo ni de aquellos que sean inexistentes. La decisión fue adoptada por unanimidad del Consejo Directivo, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 24474
  • Oficio ORD. N° 197
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un organismo público está obligado a entregar información que no tiene en su poder en una solicitud de transparencia?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la Municipalidad explicó que no contaba con bienes inmuebles no afectos al funcionamiento municipal, y no existían antecedentes que permitieran concluir lo contrario. Por eso no procede exigir la entrega de información que no está en poder del organismo ni de aquella que no existe.

¿Qué ocurre si el Consejo para la Transparencia rechaza un amparo de acceso a la información?

En este caso, la decisión fue adoptada por unanimidad del Consejo Directivo y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente. El plazo para presentarlo es de 15 días corridos desde la notificación.

¿Cómo puede un ciudadano pedir a un municipio un listado de sus bienes inmuebles?

Este caso trata de un ciudadano que solicitó a la Municipalidad de Hualqui un listado de bienes inmuebles no afectos al funcionamiento municipal. Al no contar el municipio con tales bienes, el Consejo no ordenó la entrega y rechazó el amparo presentado.

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