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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra de la Subsecretaría del Interior, por la negativa a entregar un acto administrativo solicitado por la vía de la Ley de Transparencia. Previamente, el órgano había derivado la solicitud a Carabineros de Chile, por lo que se evaluó si esa derivación cumplía el principio de facilitación. Posteriormente, en sus descargos, la Subsecretaría acompañó copia del oficio de Carabineros que respondía el acto solicitado. Por unanimidad, el Consejo resolvió rechazar el amparo, en atención a que el órgano acreditó haber puesto a disposición del solicitante el acto administrativo requerido. La decisión indica que contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Oficio 17.188
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 1770
  • Oficio N° 880
  • Oficio N° 3.680
  • Oficio N° 8807
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público deriva una solicitud de transparencia a otra institución?

En este caso, el Consejo para la Transparencia evaluó si la derivación de la solicitud a Carabineros cumplía el principio de facilitación de la Ley de Transparencia. La decisión se centró en si el órgano entregó finalmente el acto solicitado.

¿Se rechaza un amparo por acceso a la información si el organismo entrega el documento durante el procedimiento?

Sí, en este caso el Consejo rechazó el amparo porque la Subsecretaría del Interior acreditó, en sus descargos, haber puesto a disposición del solicitante el acto administrativo requerido. Acompañó copia del oficio de Carabineros que respondía lo pedido.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente. El plazo es de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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