Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la compatibilidad, en el Servicio Médico Legal, entre la asignación por funciones críticas de la ley N° 19.882 y la asignación de estímulo de la letra b) del artículo 9° de la ley N° 15.076. El organismo concluyó que son incompatibles, porque el decreto N° 561, de 1994, del Ministerio de Justicia fijó esta última asignación para ciertos profesionales del servicio en razón de especialidades, actividades o condiciones que se estimó necesario estimular, supuesto que el inciso final del artículo septuagésimo tercero de la ley N° 19.882 contempla para excluir la compatibilidad. Añadió que ni la relevancia de las labores del servicio ni la forma en que la ley de presupuestos regulaba ambos beneficios alteran esa conclusión, y que la ley de presupuestos para 2015 no previó su compatibilidad. En consecuencia, ordenó al servicio adoptar medidas para obtener la restitución de las sumas indebidamente pagadas en caso de pago conjunto, informando en 20 días hábiles, sin perjuicio del derecho de los funcionarios a solicitar condonación o facilidades de pago.