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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Gobierno Regional…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Gobierno Regional de Ñuble, por la negativa a entregar la información completa sobre la estrategia regional de desarrollo. El Consejo dejó constancia de que el órgano accedió a divulgar dicha información, pero sin que conste la entrega completa de los antecedentes. En consecuencia, ordenó la entrega íntegra de lo solicitado y exigió acreditar su cumplimiento ante el Consejo. La decisión advierte que, una vez firme, el incumplimiento puede ser sancionado con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, duplicándose y aplicándose suspensión en el cargo a la autoridad que persista en su actitud. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un órgano público no entrega completa la información solicitada por transparencia activa o pasiva en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra el Gobierno Regional de Ñuble por no entregar íntegra la estrategia regional de desarrollo y ordenó su entrega completa, exigiendo acreditar el cumplimiento. Advirtió que, una vez firme, el incumplimiento puede ser sancionado con multa de 20% a 50% de la remuneración, duplicada y con suspensión en el cargo si la autoridad persiste.

¿Contra qué resoluciones del Consejo para la Transparencia procede reclamo de ilegalidad y cuál es el plazo?

En este caso, el Consejo indicó que contra su resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de un plazo de 15 días corridos. Esto permite impugnar la decisión que ordenó al Gobierno Regional de Ñuble entregar la información completa.

¿Puede el Consejo para la Transparencia ordenar la entrega de información si el órgano dice que ya la divulgó parcialmente?

En este caso, el Consejo dejó constancia de que el órgano accedió a divulgar la información, pero sin que conste su entrega completa. Por ello ordenó la entrega íntegra de lo solicitado y exigió acreditar su cumplimiento.

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