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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra del Gobierno Reg…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío, que había negado el acceso a información sobre proyectos adjudicados y rendiciones de cuenta de determinadas empresas. El Consejo concluyó que el órgano no acreditó haber agotado todos los medios disponibles para buscar y entregar la información, por lo que ordenó su entrega. Si el órgano sostiene que los antecedentes no obran en su poder, deberá acreditarlo en la etapa de cumplimiento. La decisión advierte que el incumplimiento, una vez firme, puede sancionarse conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia con multa de 20% a 50% de la remuneración, y que la persistencia puede duplicar la sanción y acarrear suspensión en el cargo. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un órgano de la administración del Estado si no encuentra la información que le piden por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que el órgano no acreditó haber agotado todos los medios disponibles para buscar y entregar la información, por lo que ordenó su entrega. Si el órgano sostiene que no obra en su poder, deberá acreditarlo en la etapa de cumplimiento.

¿Qué sanciones enfrenta un órgano público que no cumple una decisión del Consejo para la Transparencia?

La decisión advierte que el incumplimiento, una vez firme, puede sancionarse con multa de 20% a 50% de la remuneración conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia. Si persiste, la sanción puede duplicarse y acarrear suspensión en el cargo.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

Según esta resolución, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.

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