Libre competenciaRechaza

Marcelo Aracena del Río demandó a su ex empleador Monrás y Günther Limitada por una clá…

Resumen del criterio jurisprudencial

Marcelo Aracena del Río demandó a su ex empleador Monrás y Günther Limitada por una cláusula de no competencia contenida en un acuerdo de confidencialidad firmado en diciembre de 2006. El demandante renunció en noviembre de 2009 y luego fue demandado por indemnización de perjuicios por supuesto incumplimiento de dicha cláusula. Sostuvo que la cláusula infringía el artículo 3° del D.L. N°211 al impedirle ofrecer productos de seguridad digital en Chile y el extranjero. La demandada contestó que el acuerdo era válido y se enmarcaba en las obligaciones de fidelidad y lealtad del trabajador. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia rechazó la demanda, señalando que la cláusula no constituía en sí misma un atentado a la libre competencia y que no se demostró que impidiera, restringiera o entorpeciera la competencia. El demandante fue condenado en costas.

libre competenciacláusula de no competenciaacuerdo de confidencialidadmercado relevanteindemnización de perjuiciosD.L. N°211

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.