Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipalidad de Lonquimay, relativo a información sobre el contrato, la carga horaria y el lugar de cumplimiento de funciones de una funcionaria municipal, así como copia de los certificados de los últimos tres meses que acreditan el cumplimiento de dichas obligaciones. El Consejo fundó su decisión en que se trata de información de naturaleza pública, que no consta haber sido remitida y que el órgano no alegó circunstancia de hecho ni causal de reserva que justificara su denegación. Asimismo, dispuso que, si parte de la información no obra en poder del órgano, éste debe comunicarlo al reclamante y al Consejo, indicando detalladamente sus razones. Se ordenó acreditar la entrega efectiva de la información, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y se señaló que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos.