Resumen
La Contraloría General de la República analizó una consulta sobre la construcción directa, por parte de una universidad, de pabellones y de un espacio de atención ambulatoria de Oftalmología en un Centro de Referencia de Salud, en el marco de un convenio docente asistencial con un hospital público, prescindiendo de la normativa de contratación de obras públicas. La Contraloría resolvió no formular reproche al hospital, por considerar que el objeto principal del convenio era otorgar a la universidad el carácter de centro formador prioritario, y que la construcción era solo una alternativa de retribución pactada conforme a la normativa interna vigente a la fecha de su suscripción. Sin embargo, ordenó que el hospital ajuste su proceder a lo acordado y a las directrices del MINSAL vigentes, y dispuso que la Subsecretaría de Redes Asistenciales modifique sus directrices para que, en los convenios futuros, la ejecución de obras y la adquisición de bienes y servicios se realicen por el hospital conforme a la normativa de contratación pública, y no directamente por los centros de estudios, a fin de resguardar el uso de recursos públicos.