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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Municipalidad de V…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Municipalidad de Valdivia por la negativa a entregar una nómina de los terrenos eriazos o sin edificaciones de propiedad municipal, indicando el rol de cada terreno y su superficie. El Consejo consideró que se trata de información pública que la institución debe tener en su poder por sus obligaciones legales, que no se alegaron causales de reserva que ponderar y que la respuesta entregada fue incompleta. En consecuencia, ordenó la entrega de la información y apercibió a la municipalidad con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento, debiendo acreditar luego la entrega efectiva. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Artículo 11º de la Ley 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.695
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Está obligada una municipalidad a entregar la nómina de sus terrenos eriazos o sin edificaciones, con su rol y superficie?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Municipalidad de Valdivia y consideró que la nómina es información pública que la institución debe tener por sus obligaciones legales. Como no se alegaron causales de reserva, ordenó su entrega completa.

¿Qué pasa si un órgano público entrega solo una respuesta incompleta a una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo determinó que la respuesta entregada por la municipalidad era incompleta y ordenó entregar la información. También la apercibió con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia si no cumple, debiendo acreditar luego la entrega efectiva.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, se indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación. Así lo señala el resumen público del fallo.

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