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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Municipalidad de Peñalolén. Al analizar su admisibilidad, el Consejo constató que no quedaba claramente establecida la infracción cometida por el órgano reclamado. Conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, le otorgó a la parte reclamante un plazo de cinco días hábiles para subsanar la omisión, advirtiendo que, de no hacerlo, el amparo se declararía inadmisible. Como el reclamante no realizó presentación alguna dentro de ese plazo, el Consejo resolvió declarar inadmisible el amparo, en aplicación del artículo 24 de la Ley de Transparencia y del citado artículo 46. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes y se ordenó notificarla a las partes, sin que proceda contra ella el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se subsana un amparo de acceso a la información que el Consejo para la Transparencia considera incompleto?

En este caso, el Consejo otorgó cinco días hábiles para subsanar la omisión y, al no haber presentación alguna dentro de ese plazo, declaró inadmisible el amparo conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia y al artículo 46 de su Reglamento.

¿Procede recurso de reposición contra la resolución que declara inadmisible un amparo ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo sostuvo que la decisión de inadmisibilidad no es susceptible del recurso de reposición, y ordenó notificarla a las partes.

¿Cómo se decide la admisibilidad de un amparo por denegación de información contra una municipalidad?

En este caso, el Consejo examinó si la infracción del órgano reclamado estaba claramente establecida y, como no lo estaba, concedió un plazo de subsanación antes de resolver la inadmisibilidad.

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