Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Municipalidad de Rancagua, que había negado el acceso a los anteproyectos, fusiones, permisos de edificación y demolición, y certificados de recepción final otorgados en un conjunto habitacional denominado Villa Triana durante los últimos cinco años. El órgano no acreditó que entregar la información implicara una distracción indebida de sus funcionarios, y se descartó que la búsqueda en el portal de Transparencia Activa fuera un medio expedito y suficiente para satisfacer lo pedido. El municipio deberá entregar la información, tarjando previamente los datos personales de contexto, como el RUT de personas naturales y su estado civil, teléfono y correo particular, conforme a la Ley N° 19.628, en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.