Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el régimen previsional del personal contratado bajo el Código del Trabajo en los Centros de Salud y Rehabilitación de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Concluyó que, para quienes fueron contratados antes del 11 de noviembre de 1985, procede traspasar las cotizaciones desde la Administradora de Fondos de Pensiones a dicha Caja, conforme al Código del Trabajo. Explicó que la ley N° 18.837 dio por ajustadas a derecho esas contrataciones, pero sin alterar el régimen previsional vigente al momento de cada contratación, que para ese personal es el del D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional. En consecuencia, la Caja deberá regularizar la situación previsional de la funcionaria consultante, a quien le asiste el derecho a que se enteren sus cotizaciones.