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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un particular en contr…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un particular en contra de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, por la falta de entrega de un ordinario emitido por el Servicio de Salud de Iquique, vinculado a una investigación sumaria. El órgano no acreditó la entrega de la información ni configuró la causal de reserva que invocó, por lo que el Consejo ordenó entregar la respuesta solicitada y, si la información no obra en su poder, comunicarlo fundadamente al reclamante y al Consejo. También ordenó acreditar el cumplimiento dentro de plazo y representó al Subsecretario la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia por no responder dentro del plazo legal. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público no responde una solicitud de información dentro del plazo legal en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales por no entregar la información solicitada. Ordenó entregarla, acreditar el cumplimiento dentro de plazo y representó la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia por responder fuera de plazo.

¿Un organismo puede negarse a entregar información invocando una causal de reserva sin acreditarla?

En este caso, el Consejo sostuvo que el órgano no acreditó la entrega de la información ni configuró la causal de reserva que invocó. Por eso, ordenó entregar la respuesta solicitada, o comunicar fundadamente si la información no obra en su poder.

¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia procede reclamar y en qué plazo?

En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. El plazo es de 15 días corridos desde la notificación de la resolución.

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