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La Contraloría General de la República resolvió un reclamo contra el informe desfavorab…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República resolvió un reclamo contra el informe desfavorable que la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo emitió, conforme al artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, respecto de un proyecto de complejo turístico mixto ubicado en un Á.I.S.M. (I.S.A.M.-12) del Plan Regional Metropolitano de Santiago. El proyecto contemplaba la ampliación de una vivienda existente, cabañas, caballerizas, canchas y senderos. El organismo concluyó que estas construcciones no se enmarcan en los usos de suelo permitidos para la zona, que son las actividades silvoagropecuarias, las agroindustrias de productos frescos, la extracción de minerales no metálicos y la infraestructura. Sostuvo además que la cláusula de 'otras actividades permitidas por la legislación vigente' sólo alcanza a los usos expresamente admitidos en el área rural, como los equipamientos de salud, educación, seguridad y culto del artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sin desconocer la potestad planificadora del plan regulador. Por ello, determinó que la Secretaría no actuó contrariamente a derecho al informar desfavorablemente el proyecto.

Normas citadas

  • dfl 458/75 vivie art/55 inc/4
  • dfl 458/75 vivie art/34 inc/1
  • dfl 458/75 vivie art/55 inc/1
  • dfl 458/75 vivie art/55 inc/fin
  • dto 47/92 vivie art/2/1/7
  • dfl 458/75 vivie art/116 inc/1
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Puede aprobarse un complejo turístico en un Á.I.S. o Agrícola de Santiago si el plan regulador no lo permite expresamente?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que no, porque las cabañas, caballerizas, canchas y senderos no se enmarcan en los usos de suelo permitidos para la zona, que son actividades silvoagropecuarias, agroindustrias, extracción de minerales no metálicos e infraestructura.

¿Es ajustado a derecho que la Seremi de Vivienda emita un informe desfavorable a un proyecto que no cumple el uso de suelo del plan regulador?

En este caso, la Contraloría determinó que la Secretaría Regional Ministerial no actuó contrariamente a derecho al informar desfavorablemente el proyecto, conforme al artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

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