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El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información interpuesto por una persona contra el Servicio Nacional de Migraciones. El Consejo concluyó que la solicitud en realidad buscaba la colaboración del órgano para un trámite migratorio, lo que corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública. Por ello, no se entró al fondo del reclamo. La resolución dejó a salvo que la parte pueda presentar en el futuro una solicitud de acceso que identifique con precisión el acto, documento o antecedente requerido, y que pueda recurrir nuevamente en los plazos del artículo 24 de la Ley de Transparencia. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en un plazo de 15 días corridos, pero no recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Cuándo una solicitud de información pública puede ser declarada inadmisible por tratarse en realidad de un derecho de petición?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque la solicitud buscaba la colaboración del Servicio Nacional de Migraciones para un trámite migratorio, lo que corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública. Por eso no entró al fondo del reclamo.

¿Qué puede hacer una persona si el Consejo para la Transparencia declara inadmisible su amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo dejó a salvo que la persona presente en el futuro una solicitud de acceso que identifique con precisión el acto, documento o antecedente requerido, y que pueda recurrir nuevamente en los plazos del artículo 24 de la Ley de Transparencia.

¿Qué recursos proceden contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?

En este caso, la resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en un plazo de 15 días corridos, pero no recurso de reposición.

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