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La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cálculo de la bonificación…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cálculo de la bonificación por retiro voluntario establecida en la ley N° 20.822, en el marco de una presentación contra el oficio N° 11.694, de 2016, de la Contraloría Regional del Bío-Bío. La recurrente, docente contratada por la Municipalidad de Hualpén, pretendía que se le reconocieran años de servicio continuo desde 1997. El organismo constató que, durante 2010, prestó servicios también en la Municipalidad de Talcahuano, con interrupción de funciones entre mayo y octubre de ese año, y que la recontratación en Hualpén se acordó en una conciliación judicial. Concluyó que la bonificación sólo debe considerar los años de desempeño continuo en la municipalidad a la que se renuncia, por lo que rechazó la presentación y confirmó el oficio impugnado.

Normas citadas

  • Ley 20822 art/1 inc/1
  • ley 20822 art/1 inc/2
  • ley 20822 art/1 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la bonificación por retiro voluntario de la ley 20.822 para un docente municipal que trabajó en distintas municipalidades?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que la bonificación sólo considera los años de desempeño continuo en la municipalidad a la que se renuncia, por lo que no se computan servicios prestados en otra comuna con interrupción de funciones.

¿Se pueden sumar años de servicio de otra municipalidad para la bonificación por retiro de la ley 20.822 si hubo una recontratación posterior?

En este caso, el organismo concluyó que no procede sumar esos años, porque hubo interrupción de funciones entre dos municipios y la recontratación en la comuna actual se acordó en una conciliación judicial. Rechazó la presentación y confirmó el oficio impugnado.

¿Qué pasa con una presentación ante Contraloría que impugna un oficio regional sobre bonificación por retiro voluntario?

En este caso, la Contraloría General de la República rechazó la presentación contra el oficio de la Contraloría Regional del Bío-Bío y lo confirmó en todas sus partes. Así, se mantuvo el cálculo de la bonificación basado sólo en la continuidad de servicios en la municipalidad de renuncia.

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