Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpuso un recurso de amparo en favor de Yackson Elías Palencia Medina Camejo contra el Servicio Nacional de Migraciones, impugnando la Resolución Exenta que rechazó su solicitud de residencia temporal y ordenó su abandono del país. El recurrente argumentó que el rechazo se fundó en la falta de antecedentes completos. La Corte Suprema consideró que la autoridad administrativa actuó arbitrariamente al no otorgar un plazo razonable para subsanar las deficiencias. Citó los artículos 3 y 7 de la Ley N° 21.325, que establecen la obligación de proteger los derechos humanos de los extranjeros y asegurar un procedimiento racional y justo. Se revocó la sentencia apelada de la Corte de Apelaciones de San Miguel y se acogió el recurso de amparo. Se dejó sin efecto el acto administrativo impugnado y se ordenó otorgar un nuevo plazo de 60 días para acompañar los documentos faltantes, debiendo luego emitir pronunciamiento sobre la solicitud de residencia.