Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente, Emilia Miladys Hernández Mendoza, interpuso una acción de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta que rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenó su abandono, fundamentándose en la presentación de un certificado de antecedentes adulterado. La Corte Suprema, al conocer la apelación, consideró que la autoridad administrativa no otorgó un plazo razonable para subsanar las falencias de la solicitud, vulnerando el derecho a un procedimiento racional y justo garantizado por la Ley N° 21.325. Asimismo, se indicó que el rechazo carecía de razonabilidad y proporcionalidad, afectando la libertad personal del recurrente. En consecuencia, se revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había rechazado el amparo y se acogió la acción, dejando sin efecto el acto administrativo impugnado. Se ordenó a la repartición pública otorgar un nuevo plazo de 60 días para acompañar un nuevo certificado de antecedentes y luego emitir un pronunciamiento sobre la solicitud.