Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra la Municipalidad de Combarbalá. El reclamante sostenía que la municipalidad no había publicado cierta información exigida por el artículo 7° de la Ley de Transparencia, relativa al marco normativo, las facultades de sus unidades, organigramas y permisos del artículo 116 bis C de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Tras una fiscalización, el Consejo constató que la municipalidad publicaba estos antecedentes en el Portal de Transparencia del Estado, de forma actualizada y con un formato que permitía encontrarlos con facilidad. Por ello concluyó que no existía incumplimiento de los artículos 7° de la ley y 51 de su reglamento, y resolvió rechazar el reclamo por unanimidad de sus miembros presentes.