S.R.M., abogado de Cencosud Shopping S.A., interpuso un reclamo contra el reavalúo del…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2024
Resumen
S.R.M., abogado de Cencosud Shopping S.A., interpuso un reclamo contra el reavalúo del inmueble ubicado en A.S.F. N° 12.200, comuna de Peñalolén, bajo el Procedimiento Especial de Reclamo de Avalúos de BBRR. La parte reclamante alegó que el Servicio de Impuestos Internos no consideró la existencia de una minusvalía derivada del "C.Á.L." establecido en el I.P.T.P., lo que debería reducir el valor del terreno. El tribunal analizó la normativa tributaria aplicable, en especial los artículos 148 y 149 del Código Tributario y la Ley N° 17.235, así como la Resolución Ex. N° 28 de 2018 que fija las tablas de clasificación. Se constató que el SII había aplicado correctamente el coeficiente guía y que la supuesta minusvalía no estaba contemplada como motivo para ajustar el avalúo. En consecuencia, el tribunal declaró que no había lugar al reclamo y no condenó en costas a la parte demandante. La resolución quedó firmada electrónicamente por el Juez J.A.G.U. el 7 de marzo de 2024.
Normas citadas
Art. 149 Código Tributario
Art. 148 Código Tributario
Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial
Art. 144 Código de Procedimiento Civil
Art. 170 Código de Procedimiento Civil
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