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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra del Servicio de Impuestos Internos, que solicitaba la entrega de los campos de fojas, número y vuelta de los Formularios N°2890 correspondientes a los últimos diez años. El Servicio se opuso invocando la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, por afectación a los derechos de las personas. El Consejo rechazó el amparo, por estimar que estos datos, en conjunto con las demás variables ya entregadas, permitirían identificar a los propietarios de los inmuebles, lo que vulneraría su privacidad, la reserva de datos personales y su intimidad. Para resolver, aplicó el criterio contenido en diversos amparos previos. La decisión fue adoptada por unanimidad y, contra ella, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Código Tributario
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 17.235
  • Artículo 35 del Código Tributario
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Circular N° 7 de 2020
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar los datos de fojas, número y vuelta de los formularios del SII si permiten identificar a los propietarios de inmuebles?

No, en este caso el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo, al estimar que esos campos, junto con las variables ya entregadas, permitirían identificar a los propietarios y vulnerarían su privacidad y la reserva de datos personales (artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia).

¿Se puede reclamar contra una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo de acceso a la información?

Sí, en este caso el Consejo señaló que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación de la resolución.

¿Puede el Servicio de Impuestos Internos negarse a entregar información tributaria invocando la afectación a los derechos de las personas?

En este caso, el Servicio se opuso invocando la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, y el Consejo acogió esa oposición al considerar que la entrega afectaba la privacidad e intimidad de los propietarios.

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