Resumen
La Contraloría General de la República reconsideró los oficios 10.260 y 14.583, de 2011, de la Contraloría Regional del Biobío, y rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto contra el decreto N° 538 de 2011 de la Municipalidad de Negrete, que había desestimado un recurso de nulidad en un sumario administrativo. La reclamante sostenía que no procedía tramitar el sumario porque fue removida de su cargo antes de notificársele la formulación de cargos, por lo que, a su juicio, no era aplicable el inciso final del artículo 145 de la Ley N° 18.883. El órgano contralor desestimó esa tesis: el artículo 153, letra b), de la misma ley establece que el cese de funciones extingue la responsabilidad administrativa sin perjuicio de lo previsto en el inciso final del artículo 145, que ordena continuar el procedimiento hasta su término si el sumario ya estaba en tramitación. Además, precisó que esa norma alude al cese de funciones en general y no solo a las causales del Estatuto Administrativo, pues la remoción del administrador municipal es una causal especial de término de servicios. Como el decreto que ordenó instruir el sumario fue dictado antes de la remoción, concluyó que la municipalidad actuó conforme a derecho al continuar su tramitación hasta el término.