El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado en contra de la Fundación Integra. La presentación cuestionaba el uso de los recursos del organismo, sostenido por el reclamante en que no se invertirían en materiales e infraestructura, y no la omisión de publicar en el sitio electrónico la información que el artículo 7º de la Ley de Transparencia y el artículo 51 de su Reglamento obligan a mantener. Por ello, el Consejo concluyó que el reclamo carecía de un elemento habilitante para su interposición, por ausencia de infracción a dichas normas. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes del Consejo Directivo, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de quince días corridos desde su notificación, sin que proceda el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Procede reclamar ante el Consejo para la Transparencia por el uso de los recursos de un organismo si no se publicó información en transparencia activa?
En este caso, el Consejo declaró inadmisible el reclamo porque se cuestionaba el destino de los recursos y no la omisión de publicar la información que exigen el artículo 7º de la Ley de Transparencia y el artículo 51 de su Reglamento. Al no haber infracción a esas normas, faltó un elemento habilitante para reclamar.
¿Cuál es el plazo y la vía para impugnar una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo?
En este caso, la resolución indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de quince días corridos desde la notificación. No procede el recurso de reposición contra esta decisión.
¿Qué decisión adoptó el Consejo para la Transparencia respecto de un reclamo de transparencia activa contra la Fundación Integra?
En este caso, el Consejo Directivo, por unanimidad de los miembros presentes, declaró inadmisible el reclamo. Concluyó que carecía de un elemento habilitante por ausencia de infracción a las normas de transparencia activa.
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