Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información interpuesto contra el Servicio de Impuestos Internos, que había denegado la entrega del Oficio Circular N°10 de 2015, referido al procedimiento para interponer acciones penales por delitos tributarios. El Consejo resolvió que las instrucciones internas de un órgano de la Administración son información pública y que el servicio no acreditó las causales de reserva invocadas, por lo que ordenó su entrega. La decisión fue adoptada por el Consejo Directivo, con la abstención de uno de sus consejeros por estimar que concurría una causal de falta de imparcialidad. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante dentro de 15 días corridos, con las limitaciones previstas en la ley para los órganos de la Administración cuando la denegación se funda en la causal del artículo 21 N°1.