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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información interpuest…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información interpuesto contra el Servicio de Impuestos Internos, que había denegado la entrega del Oficio Circular N°10 de 2015, referido al procedimiento para interponer acciones penales por delitos tributarios. El Consejo resolvió que las instrucciones internas de un órgano de la Administración son información pública y que el servicio no acreditó las causales de reserva invocadas, por lo que ordenó su entrega. La decisión fue adoptada por el Consejo Directivo, con la abstención de uno de sus consejeros por estimar que concurría una causal de falta de imparcialidad. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante dentro de 15 días corridos, con las limitaciones previstas en la ley para los órganos de la Administración cuando la denegación se funda en la causal del artículo 21 N°1.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Código tributario
  • Circular N° 10, de 2015
  • Artículo 162 del Código Tributario
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Circular N° 10
  • Circular N° 58, de 2000
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Las instrucciones internas de un servicio público, como un oficio circular, son información pública y deben entregarse por transparencia activa o pasiva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia resolvió que las instrucciones internas de un órgano de la Administración son información pública. Por eso acogió el amparo y ordenó la entrega del Oficio Circular N°10 de 2015 del Servicio de Impuestos Internos.

¿Puede el Servicio de Impuestos Internos negarse a entregar un oficio sobre el procedimiento para presentar querellas por delitos tributarios?

En este caso, el Consejo concluyó que el servicio no acreditó las causales de reserva que invocó para denegar la entrega. Por lo tanto, ordenó la entrega del oficio sobre el procedimiento para acciones penales por delitos tributarios.

¿Qué plazo y tribunal tiene un órgano de la Administración para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

Según este caso, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de 15 días corridos. Además, se aplican las limitaciones previstas en la ley cuando la denegación se funda en la causal del artículo 21 N°1.

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