Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado por una asociación de funcionarios contra el Servicio de Salud del Reloncaví, que había solicitado información sobre la profesión, función, cargo y mejoras de grado del personal. El Consejo concluyó que el órgano cumplió con la Ley de Transparencia al indicar la fuente, el lugar y la forma de acceder a los datos, conforme al artículo 15 de la ley. Al revisar el portal de transparencia activa, constató que los datos sobre cargo o función, calificación profesional y grado pueden descargarse en formato Excel, y que las mejoras de grado pueden determinarse comparando la información mensual del año respectivo. Por ello, se rechazó el amparo, y contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente en el plazo de 15 días corridos desde su notificación.