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La Contraloría General de la República se abstuvo de tomar razón de la resolución N° 22…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se abstuvo de tomar razón de la resolución N° 22, de 2013, de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos. Dicha resolución autorizaba imputar pagos efectuados por una empresa constructora, por la suma de $5.967.001, a nuevos cobros de Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a la Renta emitidos en virtud de una sentencia condenatoria. El organismo fundó su decisión en el numeral 8.6 del artículo 8° de la resolución N° 1.600, de 2008, de la propia Contraloría, que sólo somete a toma de razón las devoluciones de tributos y otros pagos con cargo a ítem excedibles cuyo monto supere las 2.500 unidades tributarias mensuales. Como el acto examinado no cumplía ese umbral, se consideró exento de dicho trámite.

Normas citadas

  • res 1600/2008 CONTR art/8 num/8/6
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿La Contraloría debe tomar razón de una resolución del SII que autoriza imputar pagos de tributos a nuevos cobros?

En este caso, la Contraloría se abstuvo de tomar razón de la resolución del SII, porque el numeral 8.6 del artículo 8° de la resolución N° 1.600, de 2008, sólo somete a toma de razón las devoluciones de tributos y otros pagos con cargo a ítem excedibles que superen las 2.500 UTM mensuales. El monto del acto no alcanzaba ese umbral, por lo que quedó exento de ese trámite.

¿Qué monto mínimo hace obligatoria la toma de razón de devoluciones de tributos por parte de la Contraloría?

Según este dictamen, el numeral 8.6 del artículo 8° de la resolución N° 1.600, de 2008, exige la toma de razón de devoluciones de tributos y otros pagos con cargo a ítem excedibles cuando superan las 2.500 unidades tributarias mensuales. Bajo ese criterio, un acto por debajo de ese umbral queda fuera de la toma de razón.

¿Puede el SII imputar pagos efectuados por un contribuyente a nuevos cobros de IVA e impuesto a la renta?

La Contraloría no se pronunció sobre el fondo de esa imputación, sino sobre la necesidad de tomar razón de la resolución N° 22, de 2013, del SII. Este dictamen resuelve que, por no superar el umbral del numeral 8.6 del artículo 8° de la resolución N° 1.600, el acto estaba exento de toma de razón.

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