Laboral

1) Resulta improcedente uti­lizar el interinato para el nombramiento de director de est…

Resumen del criterio jurisprudencial

1) Resulta improcedente uti­lizar el interinato para el nombramiento de director de establecimiento de atención primaria de salud municipal. 2) La calidad de suplente o de subrogante no están contempla­das por la ley 19.378, porque para tales efectos dicho cuer­po legal contempla el contrato de reemplazo, razón por la cual en esa materia no procede la aplicación supletoria de la ley 18.883.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.