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El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de tra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra la Municipalidad de Cochamó. La discusión se centró en que la información sobre personal y remuneraciones, específicamente las personas naturales contratadas a honorarios del área municipal y las escalas de remuneraciones de las áreas de salud, educación y municipal, se encontraba desactualizada, lo que vulneraba el artículo 7 de la Ley de Transparencia. El Consejo acogió el reclamo y ordenó a la municipalidad actualizar dicha información en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de la sanción del artículo 47 de la ley, y acreditar su cumplimiento ante el Consejo. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
reclamoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una municipalidad mantiene desactualizada la información de personal y remuneraciones en su portal de transparencia activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un reclamo y consideró que la desactualización de la información sobre honorarios y escalas de remuneraciones vulneraba el artículo 7 de la Ley de Transparencia. Ordenó actualizarla en 10 días hábiles desde que quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de sanción.

¿Qué plazo tiene una municipalidad para cumplir una orden del Consejo para la Transparencia de actualizar información de transparencia activa?

En este caso, el Consejo ordenó a la Municipalidad de Cochamó actualizar la información en un plazo de 10 días hábiles contados desde que la decisión quede ejecutoriada. Debe acreditar su cumplimiento ante el Consejo.

¿Cómo se puede impugnar una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un reclamo por transparencia activa?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación de la decisión.

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