Laboral

Se reconsidera dictamen Nº3049/029, de 05.07.2012, sólo en cuanto a que no resulta proc…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se reconsidera dictamen Nº3049/029, de 05.07.2012, sólo en cuanto a que no resulta procedente integrar la Comisión Calificadora del concurso público para proveer el cargo de Jefe del Departamento de Educación de una Corporación Municipal, con un miembro del Consejo de Alta Dirección Pública, o un representante de este Consejo elegido de una lista de profesionales aprobada por el propio Consejo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.