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El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa contra la Municipalidad de Los Andes, relativo al ítem de personal y remuneraciones. Al analizar su admisibilidad, el Consejo advirtió que no era claro qué información de ese ítem se encontraba desactualizada, por lo que ejerció la facultad del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia y otorgó un plazo de cinco días hábiles para subsanar u aclarar el reclamo. Como la parte reclamante no efectuó presentación alguna dentro de ese plazo, el Consejo resolvió declarar inadmisible el reclamo, conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia y al artículo 46 del Reglamento. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes del Consejo Directivo.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un reclamo por transparencia activa no está claro y el reclamante no lo corrige dentro del plazo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia otorgó cinco días hábiles para aclarar el reclamo sobre el ítem de personal y remuneraciones. Como el reclamante no hizo presentación alguna, el Consejo declaró inadmisible el reclamo conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia y al artículo 46 de su Reglamento.

¿El Consejo para la Transparencia puede pedir aclaraciones antes de admitir un reclamo por transparencia activa?

Sí. En este caso, al advertir que no era claro qué información del ítem de personal y remuneraciones estaba desactualizada, el Consejo ejerció la facultad del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia y otorgó un plazo para subsanar o aclarar el reclamo.

¿Qué ocurre con un reclamo por incumplimiento de transparencia activa contra una municipalidad si no se subsana?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el reclamo contra la Municipalidad de Los Andes por no haberse efectuado presentación alguna dentro del plazo otorgado. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes del Consejo Directivo.

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