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La Superintendencia de Seguridad Social conoció el reclamo de una trabajadora contra un…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2016

Resumen

La Superintendencia de Seguridad Social conoció el reclamo de una trabajadora contra una Caja de Compensación que no pagó el subsidio por incapacidad laboral correspondiente a dos licencias médicas continuadas. La Caja sostenía que solo registraba cotizaciones en junio y julio de 2015, por 30 días trabajados. La Superintendencia recordó que el artículo 4° del D.F.L. N° 44 exige seis meses de afiliación y tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la licencia, requisitos copulativos que equivalen a 90 días de cotizaciones, continuos o discontinuos, en los 180 días previos. Constató, con base en las cartolas de cotizaciones de FONASA y de la A.F.P. respectiva, que la reclamante registraba más de 90 días de cotizaciones en ese período, considerando las licencias por patología del embarazo y descansos prenatal y postnatal. En consecuencia, acogió el reclamo y ordenó a la Caja pagar el subsidio derivado de las licencias continuadas.

Normas citadas

  • D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
90 días de cotizacionesMaternal prenatal, prórroga y postnatal

Preguntas frecuentes

¿Cuántas cotizaciones se necesitan para tener derecho al subsidio por incapacidad laboral en Chile según el D.F.L. N° 44?

En este caso, la Superintendencia recordó que el artículo 4° del D.F.L. N° 44 exige seis meses de afiliación y tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la licencia, equivalentes a 90 días de cotizaciones, continuos o discontinuos, en los 180 días previos.

¿Se consideran las licencias por patología del embarazo y los descansos prenatal y postnatal para cumplir el requisito de cotizaciones del subsidio?

En este caso, la Superintendencia constató con las cartolas de FONASA y de la A.F.P. que la reclamante tenía más de 90 días de cotizaciones considerando las licencias por patología del embarazo y los descansos prenatal y postnatal, por lo que acogió el reclamo.

¿Puede una Caja de Compensación negarse a pagar el subsidio si solo registra cotizaciones en pocos meses?

En este caso, la Caja sostenía que solo registraba cotizaciones de junio y julio de 2015, pero la Superintendencia ordenó pagar el subsidio de las licencias continuadas tras verificar en las cartolas más de 90 días de cotizaciones en el período exigido.

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