Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si procede devolver el importe de las patentes municipales pagadas por sociedades de inversiones pasivas con anterioridad al dictamen N° 27.677, de 2010. El organismo había concluido que la inversión pasiva no configura el hecho gravado del artículo 23 del decreto ley N° 3.063, sobre Rentas Municipales, pues no implica producción de bienes ni prestación de servicios, dejando sin efecto criterios anteriores que la consideraban una actividad lucrativa terciaria. Sin embargo, al tratarse de un cambio de criterio por nuevos estudios, resolvió que el nuevo pronunciamiento solo produce efectos desde el 1 de julio de 2010, sin afectar situaciones ocurridas durante la vigencia de la doctrina anterior, en resguardo de la seguridad jurídica. En consecuencia, en el caso de una sociedad que había solicitado el reintegro, la municipalidad debe ajustarse a lo señalado en el informe.