Resumen
La Contraloría General de la República complementó el oficio N° 19.184, de 2014, de la Contraloría Regional de Valparaíso, en una licitación de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Consejo de Investigación Pesquera y de Acuicultura. El organismo concluyó que no correspondía un procedimiento de invalidación, porque el acta fue enmendada antes de dictarse y notificarse el acto de adjudicación, es decir, antes de existir una decisión formal con efectos jurídicos. Por ello, no era aplicable el artículo 53 de la ley N° 19.880, y la corrección se ajustó al artículo 56 de la misma ley. Se precisó que la actuación no podía fundarse en la facultad revocatoria, ya que no existía acto de adjudicación y no se trataba de un asunto de mérito, oportunidad o conveniencia. Además, se ordenó a los organismos adoptar medidas para ajustar sus actuaciones a las bases de la licitación y abstenerse de realizar gestiones condicionadas a un acto aún no tramitado, debiendo informar en 30 días hábiles.