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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta del Fondo Nacion…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta del Fondo Nacional de Salud respecto de la aplicación del artículo 129 de la ley N° 18.834, Estatuto Administrativo, en el caso de sumarios en que los involucrados ya no son funcionarios públicos. El organismo consultante planteaba que las personas cuya participación debía investigarse habían cesado en sus cargos. La Contraloría concluyó que la norma no resulta aplicable: el grado y la jerarquía son elementos propios de un cargo público, de modo que al cesar en la Administración se extingue la ubicación del sujeto en la estructura jerárquica. Como la finalidad de la norma es garantizar la independencia del fiscal frente a servidores de mayor jerarquía, ese resguardo resulta innecesario respecto de quienes ya no ostentan esa calidad. Asimismo, dispuso que, si un servidor involucrado en un sumario cesa en sus funciones, el procedimiento debe continuar hasta su normal término, anotándose en su hoja de vida la sanción que determine el mérito del proceso, conforme al inciso final del artículo 147 de la misma ley.

Normas citadas

  • ley 18834 art/129
  • ley 18834 art/9
  • ley 18834 art/147 inc/fin
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se aplica el artículo 129 del Estatuto Administrativo a un sumario en que los involucrados ya dejaron de ser funcionarios públicos?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no, porque el grado y la jerarquía son propios de un cargo público y se extinguen al cesar en la Administración. Por eso el resguardo de independencia del fiscal no es necesario respecto de quienes ya no ostentan esa calidad.

¿Qué pasa con un sumario administrativo si un servidor involucrado cesa en sus funciones?

En este caso, la Contraloría dispuso que el procedimiento debe continuar hasta su normal término. Además, la sanción que determine el mérito del proceso se anota en la hoja de vida del servidor, conforme al inciso final del artículo 147 del Estatuto Administrativo.

¿El cese de funciones de un funcionario impide continuar la investigación sumaria en su contra?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el cese no detiene el procedimiento, el cual debe seguir hasta su término. La eventual sanción queda registrada en la hoja de vida del exfuncionario.

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