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El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por incumplimiento de las normas de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por incumplimiento de las normas de transparencia activa contra la Municipalidad de Los Muermos, por mantener desactualizada la información publicada sobre programas de subsidios, presupuesto y su ejecución. Como resolución, el Consejo ordenó al municipio publicar de forma completa y actualizada la información exigida por el artículo 7° de la Ley de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General Nº 11, dentro de un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de sanción. Además, debe acreditar el cumplimiento ante la Oficina de Partes del Consejo, y la Dirección de Fiscalización y Promoción deberá hacer seguimiento especial. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si un municipio mantiene desactualizada la información de transparencia activa sobre subsidios y presupuesto?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por incumplimiento de transparencia activa contra la Municipalidad de Los Muermos y le ordenó publicar de forma completa y actualizada la información exigida por el artículo 7° de la Ley de Transparencia, bajo apercibimiento de sanción.

¿En qué plazo debe un municipio cumplir una resolución del Consejo para la Transparencia sobre transparencia activa?

En este caso, el Consejo ordenó a la municipalidad cumplir dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, debiendo acreditar el cumplimiento ante la Oficina de Partes del Consejo.

¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un reclamo de transparencia activa procede algún recurso?

En este caso, el resumen indica que contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, y la Dirección de Fiscalización y Promoción debe hacer seguimiento especial del cumplimiento.

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