Resumen
Conforme a lo expuesto, solicita un pronunciamiento en el sentido de confirmar que el servicio descrito no se encuentra afecto a IVA, debiendo emitirse al efecto una factura exenta de IVA por los servicios desarrollados, de acuerdo a la Resolución Exenta N° 6.080 de 1999. El artículo 8°, inciso primero, del D.L. N° 825, grava con IVA a las ventas y servicios. Por otra parte, el numeral 2, del artículo 2° del mismo cuerpo legal define servicio como “la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los N°s 3 y 4 del artículo 20°, de la Ley sobre Impuesto a la Renta”. Por su parte, el artículo 20°, número 3, de la