El personal de salud primaria municipal dependiente de la Corporación Municipal de Ranc…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2007
Resumen
El personal de salud primaria municipal dependiente de la Corporación Municipal de Rancagua, que en sus contratos de trabajo vigentes tiene jornada de 8 a 17 horas diarias, debe considerarse como extraordinaria la antigua "extensión horaria" que cumple de 17 a 20 horas, a partir de la entrada en vigencia de la ley 20.157, la que debió y deberá pagarse con el recargo legal o con descanso compensatorio, en su caso.
Normas citadas
Ley N° 20.157
Ley 19.378
Artículo 15 de la ley 19.378
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.