Resumen
La Contraloría General de la República acogió la reclamación de una docente municipal que cuestionaba la forma en que la municipalidad tramitó su evaluación docente. La interesada solicitó la suspensión de su evaluación, petición que no fue respondida mientras el proceso estaba en desarrollo, y luego fue calificada en nivel insatisfactorio por negarse a participar. La jefatura del Departamento de Administración de Educación Municipal rechazó directamente su recurso de reposición, lo que el organismo estimó improcedente, pues corresponde a la comisión comunal de evaluación conocerlo conforme al decreto N° 192, de 2004, del Ministerio de Educación. Además, la falta de pronunciamiento sobre la suspensión se consideró contraria a los principios de impulso de oficio, celeridad y conclusión previstos en las leyes N° 18.575 y N° 19.880. Por ello, se ordenó al municipio someter el recurso a tramitación y remitirlo a la comisión comunal, informando al organismo en 20 días hábiles.