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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información interpue…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información interpuesto contra la Subsecretaría del Interior, relacionado con antecedentes sobre solicitudes formalizadas de ingreso al procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado. Ante la falta de respuesta del organismo dentro del plazo legal y la ausencia de comunicación de la reclamante, el Consejo hizo efectivo el apercibimiento y concluyó que la reclamante se encontraba conforme con la información entregada, teniendo por atendida la solicitud. Asimismo, representó al Subsecretario la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia por no responder dentro del plazo, para que adopte medidas que eviten su reiteración. La resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 19.043
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público no responde una solicitud de acceso a la información dentro del plazo legal en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia resolvió un amparo contra la Subsecretaría del Interior por no responder dentro del plazo, y representó al Subsecretario la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia para que adopte medidas que eviten su reiteración.

¿Qué efecto tiene el silencio de la persona solicitante cuando el Consejo para la Transparencia hace efectivo un apercibimiento?

En este caso, ante la falta de respuesta de la reclamante a un apercibimiento, el Consejo concluyó que ella se encontraba conforme con la información entregada y tuvo por atendida la solicitud.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad contra una resolución del Consejo para la Transparencia en Chile?

Según la resolución, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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