AmbientalAcoge

El fallo accede a la demanda de reparación de daño ambiental señalando que el artículo…

Sentencia · Corte Suprema · 2012

Resumen

El fallo accede a la demanda de reparación de daño ambiental señalando que el artículo 51 inciso primero de la Ley Nº 19.300 obliga al culpable del daño ambiental a responder del mismo, en tanto que el artículo 3º prescribe que el que culposamente causa daño al medio ambiente está obligado a repararlo materialmente, a su costo, sin perjuicio, por supuesto, de las indemnizaciones que corresponda. Por lo que, señala la sentencia, no cabe más que acceder a la demanda de reparación ambiental mediante la adopción de las medidas indispensables para una corrección que acerque el actual estado de cosas a la situación previa a la de su malograda intervención, es decir, a aquella calidad similar a la que tenían con anterioridad al daño causado.

Normas citadas

  • Ley N° 19.300
  • Código de Procedimiento Civil
  • Código Civil
  • Artículo 62 de la Ley 19.300
  • Artículo 768 del Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 785 del Código de Procedimiento Civil
Revista de Derecho del CDEjurisprudencia de interés fiscalCasación de oficio

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