Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la desvinculación de un funcionario de Carabineros de Chile por motivos de salud, y sobre el pago de horas extraordinarias por trabajos nocturnos. Respecto de lo primero, precisó que corresponde exclusivamente a la Comisión Médica Central de Carabineros examinar la capacidad física de sus funcionarios, sin que el organismo fiscalizador revise los antecedentes clínicos que sirven de base a sus decisiones. Como la comisión determinó que el recurrente era incompatible con el servicio, su cese se ajustó a la normativa. En cuanto a la inutilidad de segunda clase, el órgano señaló que el plazo para solicitar una nueva evaluación es de dos años desde el cese, según el reglamento de las comisiones médicas. Sobre las horas extraordinarias, concluyó que el personal de fila no tiene derecho a percibirlas, conforme al artículo 46, letra u), del Estatuto del Personal de Carabineros, por lo que no procede su pago.