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El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado por un particular contra la Corporación Municipal de Talagante. Durante la fiscalización se constató que la información sobre personal a honorarios se encontraba desactualizada; con posterioridad, el organismo fiscalizado la subsanó, por lo que el Consejo la tuvo por subsanada. Respecto de los ítems de personal de planta, personal a contrata, personal sujeto al Código del Trabajo y escala de remuneraciones, no se advirtieron infracciones, por lo que el reclamo fue rechazado en esa parte. En consecuencia, el Consejo acogió parcialmente el reclamo, en virtud de las normas de la Ley de Transparencia y su Reglamento.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 500 de 2022
  • Resolución Exenta N° 500
  • Oficio Ordinario N° 569
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una municipalidad o corporación municipal mantiene desactualizada la información de personal a honorarios en su portal de transparencia activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia constató en fiscalización que la información sobre personal a honorarios estaba desactualizada. Como el organismo la subsanó después, el Consejo la tuvo por subsanada, aunque el reclamo fue acogido parcialmente.

¿Procede un reclamo por infracción a transparencia activa si la información sobre personal de planta, a contrata o sujeto al Código del Trabajo está publicada?

En este caso, el Consejo no advirtió infracciones respecto de los ítems de personal de planta, personal a contrata, personal sujeto al Código del Trabajo y escala de remuneraciones, por lo que el reclamo fue rechazado en esa parte.

¿Cómo resuelve el Consejo para la Transparencia un reclamo que tiene partes acogidas y partes rechazadas?

En este caso, el Consejo acogió parcialmente el reclamo contra la Corporación Municipal de Talagante, en virtud de la Ley de Transparencia y su Reglamento, al haberse constatado solo una de las infracciones reclamadas.

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