Resumen del criterio jurisprudencial
La sociedad F Y F SpA interpuso una acción de impugnación en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública, con motivo de la Resolución Exenta N°64-B que declaró inadmisible su oferta en la licitación pública ID 2239-9-LR24, denominada 'Convenio Marco para la Adquisición de Alimentos', por no cumplir con la cláusula 6.2.3 de las bases, que exigía una autorización sanitaria para local de alimentos. El demandante sostuvo que dicha cláusula permitía externalizar el servicio mediante la contratación de un tercero, y que adjuntó un contrato de prestación de servicios con Empresa Frigoríficos Buin SpA, así como la resolución sanitaria del local, aunque esta estaba a nombre de Industria de Pallet Limitada. La demandada defendió la inadmisibilidad, argumentando que las bases eran claras al exigir que la autorización sanitaria fuera propia del oferente y no de un tercero. El Tribunal de Contratación Pública rechazó la demanda, concluyendo que la interpretación literal de las bases no admitía la externalización y que el contrato presentado no acreditaba el cumplimiento del requisito. Además, señaló que la entidad licitante no tenía la obligación de solicitar aclaraciones en este caso. En consecuencia, se confirmó la decisión de declarar inadmisible la oferta y se ordenó que cada parte pague sus costas.