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La Contraloría General de la República dictaminó que la Municipalidad de Santiago debe…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República dictaminó que la Municipalidad de Santiago debe ordenar la reapertura de un sumario administrativo que había terminado con la medida de término de la relación laboral de un funcionario, por no encontrarse agotada la investigación. Se constató que, respecto de un cargo sobre la integración de un comité de evaluación, no se investigaron las responsabilidades de los demás miembros del cuerpo colegiado ni se verificaron las facultades resolutivas atribuidas. Respecto de un cargo por no observar una inhabilidad de la Ley N° 19.886, se concluyó que no constaba que el inculpado hubiera efectuado la adjudicación cuestionada, pues participó junto a otros funcionarios en la evaluación. El organismo ordenó retrotraer el sumario a la etapa indagatoria para practicar las diligencias necesarias y, de proceder, formular cargos precisos, informando en 30 días hábiles.

Normas citadas

  • ley 19070 art/72 lt/b
  • ley 18883 art/127
  • ley 18883 art/128 ley 18883 art/129
  • ley 18883 art/130
  • ley 18883 art/131 ley 18883 art/132
  • ley 18883 art/133
  • ley 18883 art/134 ley 18883 art/135
  • ley 18883 art/136
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Contraloría ordenar reabrir un sumario administrativo que terminó con la desvinculación de un funcionario municipal?

Sí. En este caso, la Contraloría dictaminó que la Municipalidad de Santiago debe reabrir el sumario, pues la investigación no estaba agotada. Ordenó retrotraer el procedimiento a la etapa indagatoria para practicar diligencias y, si procede, formular cargos precisos.

¿Qué debe investigar un sumario cuando se imputa a un funcionario haber integrado un comité evaluador de forma irregular?

En este caso, la Contraloría constató que no se investigaron las responsabilidades de los demás miembros del cuerpo colegiado ni se verificaron las facultades resolutivas atribuidas al comité. Por ello, estimó que la investigación era incompleta.

¿Un funcionario que solo participó en la evaluación de una adjudicación responde por una inhabilidad de la Ley N° 19.886?

En este caso, la Contraloría concluyó que no constaba que el inculpado hubiera efectuado la adjudicación cuestionada, pues participó junto a otros funcionarios en la evaluación. Por eso, el cargo no quedó acreditado en los términos planteados.

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