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El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de tra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra la Municipalidad de Padres Las Casas, relativo a la publicación de información sobre personal, remuneraciones y contrataciones. El Consejo acogió parcialmente el reclamo y ordenó al órgano actualizar y completar la información publicada en el plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de la sanción del artículo 47 de la Ley de Transparencia, y encomendó a su Dirección Jurídica el seguimiento del cumplimiento. Rechazó, en cambio, las alegaciones referidas al ítem de contrataciones, por cuanto la parte reclamante no efectuó presentación alguna destinada a subsanar lo requerido por el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de quince días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de FondoInfracción a Transparencia Activa

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un municipio no publica o no actualiza la información de personal y remuneraciones en su portal de transparencia activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un reclamo contra la Municipalidad de Padres Las Casas y le ordenó actualizar y completar esa información en 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de la sanción del artículo 47 de la Ley de Transparencia.

¿Puede el Consejo para la Transparencia rechazar un reclamo por transparencia activa si quien reclama no colabora con el procedimiento?

En este caso, el Consejo rechazó las alegaciones sobre el ítem de contrataciones porque la parte reclamante no hizo ninguna presentación destinada a subsanar lo requerido por el Consejo.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad contra una resolución del Consejo para la Transparencia?

En este caso, la resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de quince días corridos desde la notificación de la decisión.

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