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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por un solicitante en contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por un solicitante en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que no había entregado los antecedentes requeridos. La entidad había ofrecido entregarlos únicamente en sus dependencias, y el Consejo ordenó que la información sea entregada en esa forma. Se advierte que, una vez firme la resolución, la no entrega oportuna puede ser sancionada con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente, y que la persistencia de la autoridad o jefatura del servicio puede acarrear el duplo de la sanción y suspensión en el cargo por cinco días. Asimismo, se exige acreditar la entrega efectiva de la información ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un servicio público exigir que la información solicitada por transparencia se retire personalmente en sus dependencias?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones, que solo ofrecía entregar los antecedentes en sus dependencias. El Consejo ordenó que la información se entregue en la forma indicada, lo que resolvió el conflicto.

¿Qué sanciones enfrenta un servicio público que no entrega la información en el plazo ordenado por el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo advirtió que, una vez firme la resolución, la no entrega oportuna puede ser sancionada con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente. Si la autoridad o jefatura persiste, la sanción puede duplicarse y acarrear suspensión en el cargo por cinco días.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación. También exigió acreditar ante el Consejo la entrega efectiva de la información.

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